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PASOS PREVIOS
Certificados necesarios para tramitar el Kit Digital
Octubre 5, 2022
Pasos del KIT DIGITAL
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Tramita solicitud del "Bono Digital" en la web.
Es un acuerdo que hacemos sobre la solución o soluciones de digitalización que vas a tener.
Nosotros vamos a emitir una factura con el precio de nuestra solución a cobrar del Bono Digital.
Vas a tener la solución gratis durante 12 meses. ¿Qué pasará después? Puedes darte de baja o seguir con nosotros a precios especiales que te vamos a dar antes de iniciar el acuerdo. Sin sorpresas.
Antes de iniciar el trámite (paso 2) de solicitud del Bono Digital (Kit Digital) te recomendamos que te asegures de disponer de un certificado electrónico vigente
Si vas a iniciar el proceso para pedir el Kit Digital, te recomendamos que compruebes con anticipación los requisitos técnicos para operar con la Sede Electrónica de Red.es. Especialmente si dispones de un Certificado electrónico válido.
Comprueba si tiene los certificados electrónicos admitidos y las características técnicas, que se encuentran disponibles en la propia Sede (https://sede.red.gob.es/ayuda/requerimientos-tecnicos).
- Autofirma
- Sistemas Operativos
- Navegadores de Internet
- Certificados digitales
- Máquina virtual de Java
- Habilitar JavaScript
- Habilitar Plugins de Java
- Habilitar Ventanas Emergentes
- Sitios de confianza (http://sede.red.gob.es y https://sede.red.gob.es)
- Habilitar firma de ficheros
Verás que, de la lista, lo más destacado son dos:
AUTOFIRMA
Se trata de un programa a descargar e instalar. Lo único que debes tener en cuanta es que para su correcta instalación se recomienda cerrar todos los navegadores de internet y ejecutar el instalador como administrador. http://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html
EL CERTIFICADO DIGITAL
¿Lo tienes?
Consulta la lista completa de los prestadores aceptados documento de proveedores de servicios de certificación de @firma.
Solo empezar te van a pedir tener el certificado instalado. Si no tienes, accede a esta web y recuerda que debe estar instalada en tu navegador. https://administracionelectronica.gob.es/ctt/verPestanaGeneral.htm?idIniciativa=afirma#.Yk1y-CjP23C
En el caso de usar DNIe
Recuerda que para presentar su solicitud deberás tener instalado el módulo criptográfico del DNI o no te dejará usarlo.
Para firmas mancomunadas solo se permite utilizar el DNIe en uno de los firmantes
¿Hace falta disponer de firma digital/ certificado digital para solicitar las ayudas?
Sí. No obstante, en aquellos casos en los que se solicite la ayuda por cuenta de un tercero (a través de un representante voluntario), bastará con que este disponga de firma y certificado digital.
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¿Qué es la Transformación Digital?
¿Qué pasa si un trabajador/a no quiere fichar?
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Kit Digital para autónomos
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ELIGE TU SOLUCIÓN
Kit Digital para autónomos, ¡ya está aquí!
Octubre 19, 2022
El segmento III para autónomos o empresas de hasta 2 empleados es seguramente el más esperado y ¡ya está abierto!
El día 20 de octubre se inicia el plazo de presentación de las solicitudes a través de la sede electrónica de Red.es y estará abierto durante 12 meses.
El Kit Digital tiene como objetivo subvencionar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado.
Requisitos del Kit Digital para autónomos
Kit Digital es un programa público de ayudas económicas con el fin de implantar soluciones digitales en negocios para que puedas hacerlo evolucionar gracias a la tecnología.
Las ayudas públicas del Kit Digital están financiadas con los fondos «Next Generation UE», con las que el Gobierno pretende impulsar la digitalización del tejido empresarial español. La ayuda está orientada a pequeñas empresas, microempresas y trabajadores autónomos. Las empresas de menos de 50 trabajadores y los autónomos podrán solicitar esta subvención de entre 2.000 y 12.000 euros, cuyo derecho al cobro se denomina “Bono Digital”, y emplearla para contratar una o varias soluciones tecnológicas a través de los agentes digitalizadores y optimizar con ellas sus negocios.
En el segmento III para autónomos y empresas de hasta 2 empleados puede optar a hasta 2.000 € para el software de gestión de su empresa.
¿Necesitas más datos para realizar el formulario? En este artículo, en un minuto, te aclaramos algunos datos para asegurar que puedes optar al Bono Digital del Kit Digital
Los pasos del Kit Digital
Registrarse en la página web de Acelera Pyme y realiza el Test de Madurez Digital.
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Los primeros pasos en el Kit Digital resumidos
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Los primeros pasos en el Kit Digital resumidos
Septiembre 30, 2022
Pasos del KIT DIGITAL
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Se trata seguramente del primer paso que debes hacer dentro del PASO 1: ALTA Y TEST DE MADUREZ KIT DIGITAL.
1. Visita la web de ACELERA PYME.
2. Haz clic sobre Acceso al área privada (arriba a la derecha).
3. Si no estás registrado, haz clic en el enlace ¿No estás registrado? Regístrate ahora.
¿QUÉ DATOS NECESITO PARA DARME DE ALTA AL KIT DIGITAL?
Necesitas pocos datos, no te preocupes. Aquí te ofrecemos la lista para que la tengas a punto en el momento de realizar el registro.
-
Nombre y apellidos
-
Correo electrónico
-
Teléfono móvil
-
Cargo (opcional)
-
Nombre o razón social de la empresa
-
NIF/NIE
-
Comunidad/Provincia/Localidad
-
Código postal
-
Código CNAE
-
Número de trabajadores
-
Inicio de la actividad
-
¿Cómo nos has conocido?
-
Consentimiento (¡No te olvides de aceptarlo!)
Una vez te hayas dado de alta, debes realizar el test de Madurez Digital y una vez hecho, guardar los resultados. Los vas a necesitar para el PASO 2: SOLICITA EL BONO DIGITAL.
¿Te contamos como va a ser este test? ¿Te ayudamos a realizarlo? Te contamos todo lo que necesitas saber en este artículo.
Las preguntas para el test de madurez
digital del Kit Digital
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Las preguntas para el Test de madurez digital Kit Digital
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Las preguntas para el test de madurez digital del Kit Digital
Septiembre 29, 2022
Pasos del KIT DIGITAL
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Se trata de un trámite obligatorio dentro del PASO 1: ALTA Y TEST DE MADUREZ KIT DIGITAL. Una vez te hayas dado de alta, debes realizar el test en la web.
Vas a encontrar 3 tests disponibles a realizar, pero obligatorio, solo es el primero: Test de diagnóstico digital.
Las preguntas a responder son 13. Te las ofrecemos aquí por si necesitas consultar la información:
-
¿Dispones de acciones para sensibilizar a tus empleados sobre cuestiones relacionadas con la seguridad en materia de tecnologías de la información y comunicación (TIC)?
-
¿Dispones en tu organización de medidas de seguridad para las TIC (tecnologías de la información y la comunicación)?
-
¿Cuál es la velocidad de descarga máxima contratada de tu conexión a internet?
-
¿Utilizas en tu empresa algún software ERP para gestionar alguno de tus procesos de negocio?
-
¿Dispone tu organización de un perfil en alguna red social?
-
¿Utilizas las redes sociales con algún objetivo concreto?
-
¿Utilizas un CRM que permita organizar y gestionar los procesos relacionados con tus clientes?
-
¿Cuál es el porcentaje medio de tu plantilla que cuenta con un dispositivo electrónico y utiliza internet?
-
¿Cuál es el porcentaje medio de tu plantilla que cuenta con un dispositivo portátil (Móvil, tablet, ordenador portátil)?
-
¿Ocupa la venta online de tus productos/servicios como mínimo el 1% de la facturación total de tu negocio?
-
¿Comercializas online tus servicios/productos a otros países de la Unión Europea?
Una vez tengas los resultados, debes descargarlos y guardarlos. Este documento PDF será necesario en el siguiente PASO 2: SOLICITA EL BONO DEL KIT DIGITAL.
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Descubre en 1 minuto los requisitos para solicitar el Kit Digital (Bono Digital) para tu empresa
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-
-
- Español Es
PASOS PREVIOS
Descubre en 1 minuto los
requisitos para solicitar el Kit Digital para tu empresa
Septiembre 28, 2022
Para la realización del test vas a responder a 9 preguntas y vas a tardar menos de 1 minuto sobre tu empresa.
Contestar a estas preguntas no te supone el más mínimo coste, ni compromiso. Solo te animamos a probar. Sería una pena pensar que el Kit Digital no es para ti y resultar ser un perfecto candidato, ¿verdad?
Todas las preguntas son preguntas muy sencillas, pero algunas de ellas puede que necesites un poquito de explicación extra para ayudarte a tener clara tu respuesta. Así que, te animamos a preparar un poco tus respuestas con la información que te ofrecemos a continuación.
Actualmente, están abiertos los siguientes:
- Autónomo < 3 empleados (Cerrada)
- 3 < 9 empleados (Abierta)
- 10 < 50 empleados (Abierta)
Si eres autónomo y quieres que te avisemos cuando se abra tu tramo, escríbenos info@doceosoftware.com
Artículo 8. Requisitos de los beneficiarios.
Tener la consideración de pequeña empresa o microempresa conforme a lo dispuesto en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, y conforme a los efectivos y límites financieros que definen las categorías de empresas, enmarcando las categorías de microempresas, pequeñas y medianas empresas, así como las personas en situación de autoempleo.
Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014
2. En la categoría de las PYME, se define pequeña empresa como una empresa que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones EUR.
3. En la categoría de las PYME, se define microempresa como una empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones EUR.
Son 6 meses. Exactamente te piden:
“Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener la antigüedad mínima que se establezca en las convocatorias.”
- Cuando haya desaparecido más de la mitad de su capital social suscrito como consecuencia de las pérdidas acumuladas; es lo que sucede cuando la deducción de las pérdidas acumuladas de las reservas (y de todos los demás elementos que se suelen considerar fondos propios de la sociedad) conduce a un resultado negativo superior a la mitad del capital social suscrito; a efectos de la presente disposición, «sociedad de responsabilidad limitada» se refiere, en particular, a los tipos de sociedades mencionados en el anexo I de la Directiva 2013/34/UE (1) y «capital social» incluye, cuando proceda, toda prima de emisión.
- Cuando haya desaparecido por las pérdidas acumuladas más de la mitad de sus fondos propios que figuran en su contabilidad; a efectos de la presente disposición, «sociedad en la que al menos algunos socios tienen una responsabilidad ilimitada sobre la deuda de la sociedad» se refiere, en particular, a los tipos de sociedades mencionados en el anexo II de la Directiva 2013/34/UE.
- Cuando la empresa se encuentre inmersa en un procedimiento de quiebra o insolvencia o reúna los criterios establecidos en su Derecho nacional para ser sometida a un procedimiento de quiebra o insolvencia a petición de sus acreedores.
- Cuando la empresa haya recibido ayuda de salvamento y todavía no haya reembolsado el préstamo o puesto fin a la garantía, o haya recibido ayuda de reestructuración y esté todavía sujeta a un plan de reestructuración.
Consulta aquí las circunstancias de consideración de una «empresa en crisis» en detalle: 2.18 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014
“No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Dichas prohibiciones afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquellas.”
El artículo 13.2 dice (resumidamente y a modo de primera información. Te recomendamos ir al texto original si tienes dudas):
2. No podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones reguladas en esta ley, las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes:
- Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
- Haber solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento.
- Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
- Estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal, de incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
- No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
- Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
- No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen.
- Las prohibiciones de obtener subvenciones afectarán también a aquellas empresas de las que por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquellas.
La normativa dice “No superar el límite de ayudas de minimis conforme a lo dispuesto en el artículo 2.4 de la presente orden”.
¿Qué son los minimis y donde puedo consultarlos?
Los minimis a los que se refieren se establecen en el Reglamento (UE) 1407/2013, de 18 de diciembre de 2013, de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis, en virtud del cual la ayuda total de mínimis concedida a una empresa.
En general son:
- Hasta 200.000 euros durante un período del ejercicio presente y los dos anteriores (tres ejercicios fiscales).
- Hasta 100.000 euros para las empresas que realicen por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera.
También es requisito para obtener la condición de beneficiario disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.
Este test se realiza en la web Acelera pyme y, una vez hecho, tendrás que descargar y guardar un PDF con los resultados.
Si quieres que te ayudemos a realizar este test o a saber antes de iniciarlo a preparar las preguntas, te ayudamos en este artículo.
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