Factura electrónica: Prepárate para el futuro digital de los próximos meses

Factura electrónica: Prepárate para el futuro digital de los próximos meses

Las claves para cumplir con la normativa 2024 y 2025

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 03 de Junio, 2024

La factura electrónica se ha convertido en una herramienta fundamental para la modernización y digitalización de los procesos empresariales. En España, la implementación de la factura electrónica ha sido un proceso gradual, impulsado por diversas leyes y reglamentos que buscan fomentar la transparencia, eficiencia y competitividad de las empresas.

Preparándose para el Futuro: Verifatu y Crea y Crece

La transición hacia la factura electrónica representa un desafío, pero también una oportunidad para que las empresas mejoren sus procesos, reduzcan costos y aumenten la transparencia. Es fundamental que las empresas se preparen con anticipación, adaptando sus sistemas y procesos a los nuevos requisitos normativos. 

El Verifactu y el Reglamento de Facturación

Uno de los hitos más recientes es el Real Decreto 1007/2023, que regula las obligaciones de facturación. Este reglamento introduce el Verifactu, un código QR que permite la verificación de la autenticidad de las facturas. 

Los desarrolladores y comercializadores de software de facturación tendrán hasta el 1 de julio de 2025 para adaptar sus sistemas a estos nuevos requisitos.

La Ley "Crea y Crece" y la Obligatoriedad de la Factura Electrónica

La Ley “Crea y Crece”, aún pendiente de aprobación del reglamento. En cuando se publique se dará el pistoletazo de salida de la obligatoriedad progresiva de la factura electrónica para todas las empresas. Estos serán los tramos:

  • Las empresas con un volumen de negocios superior a 8 millones de euros tendrán un plazo de 1 año para implementar la factura electrónica.
  • Las empresas más pequeñas contarán con 2 años.
  • Los profesionales que facturen menos de 8 millones de euros tendrán 3 años.

Nuevos Requisitos para la Facturación Electrónica

Interconexión Gratuita y Comunicación de Estados de Facturas

La facturación electrónica en España está experimentando cambios significativos con la implementación de nuevos requisitos.

Uno de los aspectos clave es la obligatoriedad de interconexión entre las diferentes plataformas de facturación.

Si bien esta interconexión será gratuita, las plataformas podrán cobrar por los servicios adicionales que ofrezcan.

Los estados: otra novedad

Una de las novedades más relevantes es la comunicación de los estados de las facturas.

Cuando se actúe a través de una plataforma de facturación electrónica, será necesario indicar si se acepta o rechaza la factura recibida.

Este proceso deberá realizarse en un plazo de cuatro días naturales desde la recepción de la factura.

Además, se deberá comunicar la fecha y el hecho del pago completo de la factura, también dentro de un plazo regulado.

Los plazos: también hay novedades

En cuanto a los plazos de entrada en vigor, se han producido algunas modificaciones en la última versión del reglamento. 

  • Para las empresas con un volumen de negocios superior a 8 millones de euros, la obligatoriedad de la factura electrónica entrará en vigor un año después de la publicación del reglamento.

  • Para las empresas y profesionales con un volumen de negocios inferior a 8 millones de euros, este plazo se amplía a dos años. En el caso de la comunicación de los estados de las facturas, el plazo será de 24 meses para las empresas que facturen menos de 8 millones de euros.

  • Para los profesionales y autónomos, este plazo se extiende a 36 meses desde la publicación del reglamento.

LOS NUEVOS FORMATOS PARA LA FACTURA ELECTRÓNICA

La factura electrónica está experimentando una transformación significativa que afecta tanto a las empresas como a los profesionales que las manejan.

Esta evolución implica la adopción de formatos estructurados que, aunque no son fácilmente comprensibles para aquellos que no son informáticos, son esenciales para cumplir con las normativas emergentes.

Formatos Estructurados Obligatorios

El uso de formatos estructurados se está convirtiendo en obligatorio. Estos formatos, aunque pueden parecer complejos, son esenciales para asegurar la interoperabilidad y la correcta gestión de la información entre empresas. Los principales formatos en discusión incluyen:

  1. EDI (Intercambio Electrónico de Datos): Utilizado principalmente por empresas que ya están familiarizadas con sistemas EDI, el formato EDIFACT sigue siendo una opción viable para estas entidades.

  2. XML: El formato Factura-e, basado en XML, es ampliamente conocido y utilizado en contratos públicos. Aunque se espera que haya pequeñas diferencias con nuevas versiones, su uso seguirá siendo prevalente debido a su aceptación generalizada y compatibilidad con sistemas de gestión empresarial.

  3. Formatos Europeos: Existen otros formatos europeos que, aunque similares, pueden presentar diferencias técnicas. Estos formatos también deberán ser compatibles con las normativas locales y europeas para asegurar su validez.

La Muerte de los formatos EXCEL, Word y PDF en Facturación Electrónica

Es crucial comprender que el PDF, un formato ampliamente utilizado en la facturación, está siendo reemplazado en el ámbito de la facturación electrónica. Aunque todavía es común en muchos contextos, no es adecuado para las nuevas normativas que exigen formatos estructurados y automatizados. El PDF está muerto como formato de factura válido para las empresas. Otra cosa será el formato de visualización de estos formatos estructurados, pero no será válido en ningún caso.

Uno de los principales desafíos para las empresas será la adaptación de su software de facturación. Los sistemas actuales, como los que utilizan Excel o Word, no cumplirán con los nuevos requisitos. Será necesario implementar software especializado que pueda generar y gestionar facturas en los formatos estructurados obligatorios.

Las empresas deberán adquirir software de facturación que cumpla con los requisitos estructurales. Este software debe ser capaz de:

  • Generar facturas en formatos estructurados como XML y EDIFACT.
  • Asegurar la interoperabilidad con otros sistemas de facturación y gestión empresarial.
  • Facilitar la transmisión y recepción de facturas electrónicas de acuerdo con las normativas vigentes.

La transición hacia estos nuevos formatos no solo implica la implementación de software, sino también la capacitación del personal. Las empresas deben asegurarse de que sus empleados estén familiarizados con el nuevo software y comprendan las implicaciones de la facturación electrónica estructurada.

La transición a formatos de factura electrónica estructurados es inevitable y necesaria para cumplir con las nuevas normativas. Aunque el proceso puede parecer complicado, la implementación de software adecuado y la capacitación del personal asegurarán una transición suave. Las empresas que ya utilizan sistemas EDI continuarán con sus prácticas, mientras que aquellas que aún dependen de métodos tradicionales deberán adaptarse rápidamente.

El futuro de la facturación electrónica es estructurado y automatizado. Adaptarse a estos cambios no solo asegurará el cumplimiento normativo, sino que también mejorará la eficiencia y precisión en la gestión de facturas.

¿A partir de cuando será obligatoria la factura electrónica?

La factura electrónica será obligatoria a partir de la entrada en vigor de la Ley “Crea y Crece” y el Real Decreto 1007/2023 que regula el Verifactu. Según estos plazos:

  • Para empresas con volumen de negocios superior a 8 millones de euros, la factura electrónica será obligatoria 1 año después de la publicación del reglamento.
  • Para empresas y profesionales con volumen de negocios inferior a 8 millones, el plazo se extiende a 2 años después de la publicación del reglamento.
  • En cuanto al Verifactu (código QR en facturas), las empresas tendrán hasta el 1 de julio de 2025 para adaptar sus sistemas informáticos a los nuevos requisitos técnicos.

La entrada en vigor exacta dependerá de cuándo se publique el reglamento que desarrolla la Ley “Crea y Crece”. Pero en cualquier caso, las empresas deben estar preparadas para cumplir con la factura electrónica y el Verifactu en los plazos establecidos.

Entonces en resumen:

  • Factura electrónica: 1 año para grandes empresas, 2 años para pymes y autónomos, a contar desde publicación del reglamento.
  • Verifactu: Obligatorio a partir del 1 de julio de 2025.

¿Qué ocurrirá durante el año en que las grandes empresas estén obligadas pero las pymes no?

Durante el período de transición, si una gran empresa (que ya está obligada a emitir factura electrónica) le vende a otra empresa que aún no está obligada, la gran empresa deberá emitir dos facturas:

  1. Una factura en el formato electrónico obligatorio.
  2. Una segunda factura en un formato que la empresa compradora pueda entender, ya que aún no está preparada para recibir la factura electrónica.

La gran empresa tendrá que acompañar la factura electrónica con un documento adicional, como si fuera una “segunda factura”, para facilitar la transición a la empresa compradora que aún no está obligada. 

Por otro lado, en el caso inverso, si una empresa pequeña o mediana (que aún no está obligada) le vende a una gran empresa (que sí está obligada), la normativa no menciona nada específico. 

Por lógica, la empresa pequeña/mediana no tendría por qué emitir la factura en el formato electrónico obligatorio, ya que ella aún no está sujeta a esa obligación. Esto plantea un escenario en el que las grandes empresas podrían presionar a sus proveedores más pequeños para que adopten la factura electrónica, incluso antes de que les sea obligatorio. Esto es algo que las empresas deben tener en cuenta y prepararse para abordar durante este período de transición. 

La clave es que durante este año de transición, las grandes empresas deberán adaptarse al formato electrónico obligatorio, pero deberán facilitar la transición a aquellas empresas más pequeñas que aún no estén obligadas a emitir factura electrónica.

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       03 de Junio, 2024

      El reporte fiscal a la AEAT de los registros de facturación es un procedimiento regulado que exige a las empresas suministrar información detallada sobre sus facturas a la Agencia Tributaria. Este proceso incluye varios métodos y normativas específicas para garantizar el cumplimiento. Ahora lo veremos, vamos por partes.

      Tipos de Suministro Fiscal

      El reporte fiscal a la Agencia Tributaria de los registros de facturación, curiosamente, viene regulado en la misma norma que los requisitos del software, aunque se trate de un aspecto diferente.

      Existen varios tipos de suministros de los registros que deben ser considerados.

      SII (Suministro Inmediato de Información del IVA)

      El conocido Suministro Inmediato de Información del IVA (SII) fue implementado en 2017. Las empresas que ya están familiarizadas con este sistema saben que deben transmitir la información de manera online a la Agencia Tributaria, con un decalaje de unos 4 días, prorrogable por algunos días más.

      Libros Registros Unificados

      Otra forma de suministro es la de presentar, cuando sea requerido, los libros registros de IVA a la administración tributaria. Esto incluye el libro registro de facturas emitidas y recibidas. Actualmente, existe un formato unificado para estos registros. Cuando se requiera, las empresas deberán aportar estos datos en el formato correspondiente.

      Directiva ViDA

      El proyecto ViDA, una directiva cuyo borrador se publicó en diciembre del año pasado, establecerá la obligatoriedad de la factura electrónica para las operaciones intercomunitarias. Esto reemplazará la declaración de operaciones intercomunitarias por una declaración por cada factura a través de una factura electrónica.

      Va a tardar pero tarde o temprano la tendremos que aplicar.

      Se prevé que el sistema de reporte universal se implemente con el tiempo, aunque por ahora las empresas deben continuar facturando y remitiendo datos como lo han hecho hasta ahora. El sistema Verifactu es similar al SII, pero está orientado a empresas más pequeñas.

      Verifactu

      ¿Qué es Verifactu?

      Verifactu es un sistema basado en software de facturación a través del cual las empresas pueden comunicar datos directamente a la Agencia Tributaria de forma online. Este sistema elimina el decalaje de 4 días del SII, permitiendo que las facturas generadas se comuniquen en tiempo real a la administración.

      Características del Verifactu
      • Factura Verificable: La palabra “Verifactu” debe figurar en la propia factura.
      • Verificación por Clientes: Cualquier cliente puede verificar si una factura ha sido declarada a la Agencia Tributaria escaneando un código QR con una aplicación en su smartphone.
      • Voluntariedad: El uso del sistema Verifactu es voluntario. Aquellos que decidan utilizarlo deben asegurarse de que su software cumpla con requisitos técnicos específicos.
      Usuarios Obligados a Cumplir con Verifactu

      Los usuarios obligados a cumplir con Verifactu incluyen:

      • Desarrolladores y comercializadores de software de facturación.
      • Empresas que tributen por el impuesto de sociedades, IRPF o impuestos sobre la renta de no residentes.
      • Entidades en régimen de atribución de rentas.
      • Esto afecta tanto a facturas completas como a facturas simplificadas.

      En un entorno fiscal cada vez más exigente, la gestión documental y el cumplimiento normativo son fundamentales para las empresas. En este contexto, Doceo Software se destaca como especialista en soluciones de gestión documental, ofreciendo a nuestros clientes la tranquilidad y confianza de contar siempre con una versión de software actualizada y conforme a la legislación vigente.

      Nuestra constante evolución y compromiso con la normativa nos permiten anticiparnos a los cambios y garantizar que nuestros clientes estén preparados para cumplir con los requisitos establecidos por el Real Decreto 1007/2023 y la próxima orden ministerial. Al desarrollar nuestro propio software, podemos personalizarlo y ajustarlo a las necesidades específicas de cada empresa, brindando un soporte técnico especializado y actualizaciones regulares.

      Avanzamos junto a nuestros clientes, creciendo y evolucionando para estar siempre a la vanguardia de los cambios normativos. Nuestra misión es acompañar a las empresas en su camino hacia un futuro empresarial sólido y seguro, brindando soluciones de gestión documental que les permitan centrarse en su actividad principal sin preocupaciones.

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          CLAVES PARA este 2024

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           01 de Junio, 2024

          La Ley General Tributaria impacta significativamente en el ámbito empresarial, no solo en la facturación sino también en la contabilidad y la gestión general de la empresa. Es importante destacar que esta normativa debe ser cumplida tanto por los programas de contabilidad como por los de facturación.

          Requisitos que debe garantizar el software de gestión en las empresas españolas

          Novedades en el REGLAMENTO DE FACTURACIÓN

          El registro de eventos

          El nuevo reglamento, aunque parcial, recalca y amplía los requisitos establecidos en la Ley General Tributaria. Además de reiterar los requisitos ya mencionados, introduce nuevas obligaciones, como la necesidad de registrar todas las operaciones de facturación de manera secuencial y con garantías informáticas, utilizando tecnologías como los hashes para asegurar que los datos no puedan ser manipulados.

          Este enfoque es similar al blockchain, donde cada registro de eventos queda encadenado de manera que garantiza la integridad y la inmutabilidad de la información.

          El registro de eventos en el software es crucial, ya que debe documentar todas las acciones realizadas, asegurando la integridad y trazabilidad de la información. Además, la disociación de la información permite que un inspector solo acceda a datos relevantes sin invadir otras áreas.

          El desafío de la inalterabilidad

          Uno de los mayores desafíos es la inalterabilidad de los datos. Esto significa que los datos no pueden ser modificados sin dejar un rastro. 

          Por ejemplo, si hay un error en contabilidad, no se puede simplemente corregir el asiento y sobrescribir el dato anterior. En su lugar, se debe realizar un asiento inverso para cancelar la operación original. De manera similar, en caso de error en una factura, se debe emitir una factura rectificativa en lugar de crear una nueva y borrar la anterior.

          Este proceso requiere un cambio significativo en las prácticas habituales, donde muchas veces se optaba por la solución más rápida y sencilla de sobrescribir datos.

          ¿Qué softwares están homologados para la digitalización certificada de facturas según el RD 1007/2023?

          El Cumplimiento de Requisitos de Facturación: Responsabilidad del Fabricante

          En España, a fecha que se escribe este artículo, ningún software cumple plenamente con los requisitos del RD 1007/2023, ya que la normativa está en desarrollo. Algunos fabricantes dicen tener software homologado por la agencia, pero no es cierto. Se necesita una declaración responsable del fabricante que certifique el cumplimiento con la ley, el reglamento y la orden ministerial pendiente de publicación.

          ¿Cómo sé si mi software cumple con los requisitos? LA DECLARACIÓN RESPONSABLE

          Actualmente, ningún software en España cumple plenamente con los requisitos, puesto que la normativa específica aún está en desarrollo. Algunos fabricantes afirman tener software homologado por la agencia, pero en realidad, no existe tal homologación. En su lugar, se requiere una declaración responsable del fabricante firmada que certifique que el software cumple con la ley, el reglamento y la orden ministerial pendiente de publicación.

          Esta declaración debe estar disponible tanto en formato físico como digital dentro del software, asegurando su fácil acceso. La primera acción de un inspector será verificar estas declaraciones responsables, y su ausencia podría resultar en sanciones. Es vital que las empresas aseguren el cumplimiento de estos requisitos para evitar penalizaciones.

          Al consultar a tu fabricante de software sobre el cumplimiento del RD 1007/2023, es probable que te indiquen que tu versión actual no cumple con los requisitos. Te sugerirán actualizar a la próxima versión, que se lanzará tras la aprobación de la orden ministerial pendiente. Si terceros gestionan tu software, serán responsables de cumplir con los requisitos técnicos. Es esencial estar al tanto de estos cambios para garantizar la conformidad con la normativa vigente.

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              Normativas de facturación y digitalización: Claves para empresas 2024

              Normativas de facturación y digitalización

              CLAVES PARA EMPRESAS 2024 | 2025

              Quiero contactar con un experto...

               28 de Mayo, 2024

              En el mundo empresarial actual, comprender las normativas de facturación y digitalización es esencial. Este post explora las claves que las empresas deben conocer para cumplir con los requisitos legales y aprovechar las ventajas de la digitalización en sus procesos de facturación.

              El software deberá cumplir con lo dispuesto en la normativa específica sobre facturación:

              • Real Decreto 1619/2012 (Reglamento de Facturación)
              • Ley 56/2007 (Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información)
              • Seguir las disposiciones de la Ley General Tributaria, en particular el artículo 29.2.j) introducido por la Ley 11/2021.
              • Ley 58/2003 (Ley General Tributaria)
              • Otras normas específicas (Sectoriales)
              • Respetar las órdenes ministeriales vigentes que regulen aspectos específicos de la facturación.
              • Cumplir con cualquier otra normativa sectorial aplicable.

              Detalles de las Normativas

              Primero, quiero aclarar tres aspectos fundamentales que debemos tener en cuenta:

              • Requisitos sobre el software para facturación
              • El reporte fiscal de las facturas
              • La facturación electrónica

              Debemos entender que hay tres materias esenciales que afectan a las empresas en el ámbito de la facturación y digitalización, pero que emanan de diferentes órganos.

              Normativas de Hacienda (ministerio de hacienda y función pública)

              • Objetivo: Lucha contra el fraude fiscal.
              • Primera Materia: Requisitos para los software de facturación.
              • Segunda Materia: Reporte fiscal de los registros de facturación (incluyendo el SII y Verifactu).

              Normativa de Economía (ministerio de economía, comercio y empresa)

              • Objetivo: Digitalización y lucha contra la morosidad entre empresas.
              • Tercera Materia: Facturación electrónica.

              Descargue gratuitamente "El gran libro de la Facturación Empresarial 2024: Tendencias y Estrategias"

              A parir del día 5 de junio

              Impacto en las Empresas

              El problema surge porque estas normativas han sido introducidas casi simultáneamente, lo que genera confusión. Aunque tienen objetivos diferentes y recorren caminos distintos, a menudo se entremezclan en los medios de comunicación cuando hablan de facturación electrónica.

              Es importante que conozcas si tú estás exento del cumplimiento de algunas normativas. Por ejemplo, Verifactu afecta a todas las empresas y autónomos obligados a emitir facturas, excepto:

              • Las empresas que están exentas de facturación.
              • Las empresas que desarrollan actividades en el sector agrícola, ganadero y pesquero, que están exentas del (IVA).
              • Quienes ya estén bajo el SII.
              • Los territorios de régimen fiscal foral como País Vasco y Navarra.

              Software Especializado para Cumplimiento de Facturación Legal

              Para cumplir con los requisitos legales de facturación, es imprescindible contar con un software especializado. Este software no solo facilita la emisión de facturas, sino que también garantiza la transmisión automática de los datos al SII para aquellos que ya están acogidos a este sistema, y al Verifactu para los nuevos obligados.

              La Agencia Tributaria ha regulado estos procedimientos para asegurar el cumplimiento normativo y mejorar la eficiencia en la gestión de la facturación electrónica y el reporte fiscal.

              Usar diferentes programas gratuitos para cada etapa del proceso puede resultar ineficaz y propenso a errores. La automatización integral de todo el proceso de facturación garantizará una mayor productividad y cumplimiento normativo, asegurando que todas las etapas, desde la generación hasta la firma y envío de las facturas, se realicen de manera eficiente y sin errores.

              El cumplimiento de estos requisitos es esencial para garantizar que las empresas operen dentro del marco legal establecido, evitando sanciones y asegurando la transparencia y la eficiencia en sus procesos de facturación.

              Es fundamental que, como empresarios y profesionales, seamos críticos y exigentes con los softwares de facturación que utilizamos. Asegurémonos de que cumplen con la normativa vigente y ofrecen las herramientas necesarias para mantener nuestras operaciones legales y eficientes.

              Solo así podremos fomentar un entorno empresarial justo y transparente, beneficiando tanto a nuestras empresas como al conjunto de la sociedad.

              ¿Cómo sé si el software cumple con la normativa?

              Cumplir con estos requisitos no solo asegura la legalidad de tu programa de facturación, sino que también te protege ante posibles auditorías y sanciones.

              Para que un programa de facturación sea considerado legal, debe cumplir con los siguientes requisitos:

              • Integridad
              • Inalterabilidad
              • Trazabilidad
              • Legibilidad
              • Accesibilidad
              • Conservación

              ¿Cómo verificar estos requisitos? Para asegurarte de que tu programa de facturación cumple con todos estos requisitos, lo mejor es preguntar directamente a tu proveedor de software. Es su responsabilidad garantizar que su producto cumpla con todas las normativas legales y técnicas necesarias. Un proveedor confiable debería poder proporcionarte toda la documentación y certificaciones que respalden el cumplimiento de estos estándares.

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                   24 de Mayo, 2024

                  La protección de datos y la facturación electrónica son aspectos fundamentales en el entorno empresarial actual. En este artículo, exploraremos las normativas clave que regulan estos ámbitos: la Ley Antifraude, VERI*FACTU, RD1619/2012 y eIDAS. 

                  Todas ellas son normativas básicas que cualquier empresa o autónomo, en algún momento, deberá conocer y muy probablemente implementar en su sistema. Este es un resumen para que empieces a familiarizarte con todos estos nombres y te sitúes comenzando con buen pie.

                  Estas normativas, en conjunto, son cruciales para garantizar la seguridad, integridad y legalidad en la gestión de datos y la facturación electrónica en el contexto empresarial actual.

                  Ley Antifraude

                  La Ley Antifraude, también conocida como Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal, tiene como objetivo combatir el fraude fiscal en España.

                  Esta normativa establece requisitos estrictos para la facturación electrónica y la protección de datos en el ámbito empresarial.

                  5 Puntos Clave

                  • Refuerzo de los controles y medidas anti-evasión fiscal.
                  • Obligación de facturación electrónica para determinadas operaciones. Requisitos de conservación y trazabilidad de los registros de facturación.
                  • Sanciones más severas por incumplimiento de las obligaciones tributarias.
                  • Medidas para mejorar la cooperación entre administraciones públicas.

                  Saber Más

                  Para profundizar en los detalles de la Ley Antifraude y su impacto en tu negocio, te recomendamos consultar los recursos oficiales de la Agencia Tributaria y asesorarte con expertos en materia fiscal y de protección de datos.

                  Alcance de la Ley

                  Afecta a empresarios, profesionales y cualquier entidad que realice operaciones sujetas a obligaciones tributarias en España.

                  Cronología y fechas clave

                  • 2021: Se aprueba la Ley 11/2021 de medidas de prevención contra el fraude fiscal, conocida como “Ley Antifraude”, transponiendo una directiva comunitaria del año 2016.
                  • 2023: La Ley Antifraude lleva en vigor casi dos años, introduciendo medidas que impactan en los programas de facturación de autónomos y empresas, así como sanciones por la tenencia de software que permita doble contabilidad.
                  • 2024: Durante este año, los proveedores de software de facturación deben adaptar sus programas a los requerimientos del reglamento técnico de la ley.
                  • A fecha de redacción de este artículo estamos pendiente de presentación del reglamento que será el punto de partida de la aplicación. 
                  • 1 de julio de 2025: A partir de esta fecha, las empresas y autónomos en España estarán obligados a facturar exclusivamente con software que cumpla con la normativa de la Ley Antifraude (veri*factu).

                  VERI*FACTU

                  Veri*Factu es una parte integral de la Ley Antifraude en España. Esta ley, concretamente, define los requisitos técnicos y funcionales que deben cumplir los sistemas informáticos de facturación para garantizar la integridad, conservación, accesibilidad y trazabilidad de los registros de facturación. Estas normativas son fundamentales para asegurar el cumplimiento de la normativa tributaria.

                  5 PUNTOS CLAVE

                  • Define los requisitos que deben cumplir los sistemas informáticos de facturación para asegurar la autenticidad y la integridad de las facturas electrónicas.
                  • Establece la obligatoriedad de utilizar sistemas VERI*FACTU para la emisión de facturas electrónicas.
                  • Garantiza la remisión instantánea de los registros de facturación a la Agencia Tributaria.
                  • Promueve la digitalización y la automatización de los procesos de facturación.
                    Contribuye a la lucha contra el fraude fiscal y la evasión de impuestos.

                  ALCANCE DE LA LEY

                  Afecta a todos los contribuyentes y empresas que emiten facturas electrónicas en España.

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                  CRONOLOGÍA Y FECHAS CLAVE

                  • Entrada en vigor: Establecida en la normativa.
                  • Plazos de adaptación: Determinados por la legislación vigente.

                  Crea y crece

                  La Ley CREA Y CRECE tiene como objetivo principal fomentar la creación y el crecimiento de empresas en un entorno propicio para el emprendimiento. Busca simplificar trámites administrativos, impulsar la innovación, apoyar la internacionalización, estimular la inversión y promover la generación de empleo.

                  5 PUNTOS CLAVE

                  • Simplificación administrativa para facilitar la creación y gestión de empresas.
                  • Impulso a la innovación a través de incentivos y apoyo a la investigación y desarrollo.
                  • Apoyo a la internacionalización de empresas para expandir mercados y oportunidades.
                  • Estímulo a la inversión mediante medidas que favorecen el acceso a financiación.
                  • Promoción del empleo a través de incentivos a la contratación y al crecimiento empresarial.

                  ALCANCE DE LA LEY

                  La ley afecta a emprendedores, pymes y grandes empresas que buscan crecer y desarrollarse en el mercado, abarcando diversos sectores económicos y actividades empresariales.

                  CRONOLOGÍA Y FECHAS CLAVE

                  • Aprobación del reglamento pendiente. Se estima a lo largo del 2024.
                  • Entrada en vigor a partir del 1 de enero del año siguiente.
                  • Implementación gradual con hitos importantes en los próximos años para asegurar su efectiva aplicación.

                  SABER MÁS

                  Para conocer en detalle la Ley CREA Y CRECE y su impacto en el entorno empresarial, se recomienda consultar el texto completo de la legislación y buscar asesoramiento especializado en derecho empresarial y fiscal.

                  ¿CREA Y CRECE y la Ley Antifraude son lo mismo?

                  La Ley CREA Y CRECE y la Ley Antifraude son dos normativas diferentes, aunque ambas están relacionadas con la facturación electrónica en España.

                  Según la información proporcionada en los resultados de búsqueda:

                  • La Ley CREA Y CRECE (Ley 18/2022) es impulsada por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, y tiene como objetivo reducir la morosidad a través del uso obligatorio de la factura electrónica entre empresas y autónomos (B2B).
                  • Por otro lado, la Ley Antifraude (Ley 11/2021) es promovida por el Ministerio de Hacienda y Función Pública, y su misión principal es combatir las prácticas de evasión fiscal y fortalecer la integridad del sistema tributario.

                  Aunque ambas leyes están relacionadas con la facturación electrónica, tienen enfoques y objetivos diferenciados. La Ley CREA Y CRECE no forma parte de la Ley Antifraude, sino que son dos normativas independientes que coexisten en el marco legal español.

                  Eidas

                  El Reglamento (UE) No 910/2014, conocido como normativa eIDAS, tiene como objetivo reforzar la confianza en las transacciones electrónicas en el mercado interior de la Unión Europea. Esta regulación establece un marco jurídico común para la identificación electrónica y los servicios de confianza, como la firma electrónica, el sello electrónico y la autenticación de sitios web.

                  5 PUNTOS CLAVE

                  • Establece requisitos técnicos y de seguridad para los servicios de confianza electrónicos.
                  • Regula la figura del prestador cualificado de servicios de confianza y sus obligaciones.
                  • Garantiza la interoperabilidad de los sistemas de identificación electrónica entre Estados miembros.
                  • Otorga a la firma electrónica avanzada el mismo valor legal que la firma manuscrita.
                  • Crea un sistema de supervisión y auditoría de los prestadores de servicios de confianza.

                  ALCANCE DE LA LEY

                  La normativa eIDAS es de aplicación en todos los Estados miembros de la Unión Europea, afectando a empresas, administraciones públicas y ciudadanos que realicen transacciones electrónicas.

                  CRONOLOGÍA Y FECHAS CLAVE

                  • Entrada en vigor: 17 de septiembre de 2014.
                  • Aplicación obligatoria a partir del 1 de julio de 2016.
                  • Adaptación progresiva de los sistemas y servicios a los requisitos de la normativa.

                  SABER MÁS

                  Para profundizar en los detalles de la normativa eIDAS y su impacto en las operaciones electrónicas, se recomienda consultar el texto completo del Reglamento (UE) No 910/2014 y asesorarse con expertos en materia de servicios de confianza y firma electrónica.

                  Las principales diferencias entre la normativa eIDAS original y la propuesta de eIDAS 2 son:

                  1. Ampliación del ámbito de aplicación para incluir más servicios digitales transfronterizos, como la autenticación y la identificación de dispositivos.
                  2. Fortalecimiento de la seguridad y privacidad de las identidades electrónicas y los servicios de confianza.
                  3. Establecimiento de un marco para la creación y uso de identidades digitales (billeteras de identidad) sin verificación gubernamental.
                  4. Simplificación de las identidades digitales y servicios de confianza en contratación pública y mejora de la interoperabilidad entre sistemas nacionales.

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