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Factura electrónica y VeriFactu: cómo afectarán a pymes, autónomos y grandes empresas a partir de 2026

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Dibujo humorístico que muestra a una persona sentada frente a un ordenador, con el fondo 'NoTienesTiempo_fondo', transmitiendo una sensación de prisa o falta de tiempo." Esta es la opción más cercana al original.

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Durante los próximos años, todas las empresas y autónomos deberán adaptarse a dos grandes cambios legales que transformarán la forma de emitir y gestionar facturas en España: la factura electrónica obligatoria y el sistema VeriFactu. Aunque a menudo se confunden, no son lo mismo y tienen calendarios de implantación distintos. Para evitar sanciones, pérdida de competitividad o cambios de última hora, es clave entender qué exige cada normativa y cuándo será obligatorio cumplirla.

¿Qué es la factura electrónica?

La factura electrónica regula cómo se envían y se reciben las facturas entre empresas y profesionales.

La Ley Crea y Crece (Ley 18/2022) establece que las transacciones entre empresas y autónomos (B2B) deberán realizarse con facturas totalmente electrónicas y estandarizadas.

Puntos clave:

  • Afectará a todas las actividades B2B en España.
  • El reglamento técnico aún no se ha publicado en el BOE, por lo que aún no hay fecha oficial de obligatoriedad.

El despliegue será escalonado:

  • Empresas con facturación > 8M €: 12 meses desde la publicación del reglamento.
  • Resto de empresas y autónomos: 24 meses.

Las previsiones actuales indican que la factura electrónica será obligatoria entre 2025 y 2027.

¿Qué es VeriFactu?

Mientras la factura electrónica regula el intercambio, VeriFactu regula cómo se generan las facturas.

El Real Decreto 1007/2023 obliga a que todos los sistemas informáticos de facturación cumplan requisitos técnicos de control fiscal:
✔ Integridad y trazabilidad
✔ Inalterabilidad de registros
✔ Código hash y firma electrónica
✔ Código QR
✔ Registros automáticos de alta y anulación

Además, VeriFactu supone el envío electrónico y automático a la Agencia Tributaria de los datos esenciales de cada factura emitida.

¿Cómo se relacionan la factura electrónica y VeriFactu?

Son normas distintas pero complementarias:

Factura electrónica

  • Regula el envío y recepción B2B
  • Impulsada por Ley Crea y Crece
  • Calendario aún no definitivo
  • Implica interoperabilidad B2B

VeriFactu

  • Regula la generación y registro interno de facturas
  • Impulsado por RD 1007/2023
  • Calendario ya definido
  • Implica control fiscal automático

Por eso existe confusión: primero se exige el software seguro (VeriFactu) y después llegará la factura electrónica obligatoria entre empresas.

¿Cómo afectará según el tipo de empresa?

Grandes empresas

  • Obligación de adaptarse antes a la factura electrónica.
  • Elevado volumen de facturas = alta exposición al control automático.
  • Beneficios: automatización y reducción de fraudes.

Pymes

  • Cambio relevante en procesos administrativos.
  • Eliminación progresiva de facturas en papel y PDF no estructurado.
  • Ahorro de tiempo contable si se escoge una herramienta adecuada.

Autónomos

  • VeriFactu será obligatorio antes que la factura electrónica.
  • Desaparecerán los libros de IVA al centralizarse el control en la AEAT.
  • Oportunidad para digitalizar la gestión sin costes elevados.

Cronología simplificada para no perderse

  • 2025: Inicio del período de pruebas voluntarias de VeriFactu para empresas y programas de facturación.
  • 1 de enero de 2026: Entrada en vigor obligatoria de VeriFactu para empresas.
  • 1 de julio de 2026: Entrada en vigor obligatoria de VeriFactu para autónomos.
  • 2025–2027: Implantación progresiva de la factura electrónica obligatoria según la publicación del reglamento.
  • 2028: Uso generalizado previsto de la factura electrónica en toda España.

Prepararse ahora tiene ventajas

Las empresas que se adelanten podrán:

  • Evitar sanciones y prisas de última hora
  • Automatizar procesos administrativos y contables
  • Reducir errores en facturación y en liquidaciones de impuestos
  • Estar listas para operar con empresas europeas bajo normativa eIDAS

Si ha llegado hasta aquí, quizá sea el momento de contactar con nosotros 🙂



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