¿Debes emitir una factura a una administración pública?

Te contamos como debes hacerlo

Febrero 06, 2023

Cuando una empresa presta servicios o suministra productos a una Administración Pública, surge la pregunta crucial: ¿debe emitirse una factura? La respuesta es un rotundo sí. Emitir una factura es un paso fundamental en cualquier transacción comercial, incluidas aquellas realizadas con entidades gubernamentales.

La emisión de facturas a las Administraciones Públicas es obligatoria tanto por ley como por razones prácticas. Desde el punto de vista legal, la legislación fiscal establece que todas las operaciones económicas deben estar respaldadas por una factura. Esto garantiza la transparencia, la trazabilidad y el cumplimiento de las obligaciones fiscales tanto para el proveedor como para la Administración.

¿Qué es factura-e y qué características tiene para que sea legal?

Para hacer una primera factura electrónica en un ayuntamiento, debe seguir los siguientes pasos:

  1. Identificación de la empresa o entidad que emite la factura: incluir información como nombre, dirección, identificación fiscal, etc.
  2. Identificación del cliente o receptor de la factura: incluir información como nombre, dirección, identificación fiscal, etc.
  3. Detalle de los bienes o servicios prestados: incluir una descripción detallada de los bienes o servicios, cantidad, precio unitario y subtotal.
  4. Cálculo de impuestos: incluir el cálculo de los impuestos correspondientes como IVA, etc.
  5. Información adicional: incluir cualquier información adicional relevante, como forma de pago, fecha de vencimiento, etc.

El formato de la factura electrónica es obligatoria desde la entrada en vigor de la Ley Crea y Crece, pero a fecha de hoy, aún tienes un cierto margen de tiempo para usar facturas como las de siempre. Igualmente, te recomendamos muy encarecidamente que intentes cumplir desde el primer momento con el formato electrónico y las normativas fiscales y tributarias del país en el que se emite la factura. Por ejemplo, en España el formato es el Factura Electrónica A y la Factura Electrónica B2B.

Ley 18/2022 "Crea y crece"

El pasado 28 de septiembre entró en vigor la Ley 18/2022 de creación y crecimiento de empresas "Crea y crece" que va a tener un peso muy importante para el futuro de la factura electrónica.

¿Te contamos más?

La Factura Electrónica A y la Factura Electrónica B2B

En España, existen dos tipos de facturas electrónicas: la Factura Electrónica A y la Factura Electrónica B2B.

La Factura Electrónica A es un formato que se utiliza para facturar a clientes particulares o consumidores finales, y debe cumplir con los requisitos establecidos por el Servicio de Impuestos de la Agencia Tributaria (AEAT).

La Factura Electrónica B2B, por otro lado, es un formato que se utiliza para facturar a otras empresas o entidades, y debe cumplir con los requisitos establecidos por la AEAT, así como con los requisitos específicos de facturación electrónica entre empresas.

Algunas de las principales diferencias entre la Factura Electrónica A y la Factura Electrónica B2B incluyen:

  1. Requisitos fiscales y tributarios: la Factura Electrónica A y la Factura Electrónica B2B tienen requisitos fiscales y tributarios diferentes.

  2. Información incluida en la factura: la Factura Electrónica A requiere la inclusión de información adicional, como el NIF o CIF del cliente, mientras que la Factura Electrónica B2B requiere la inclusión de información detallada sobre el cliente y los productos o servicios prestados.

  3. Requisitos de seguridad: la Factura Electrónica B2B requiere un mayor nivel de seguridad y autenticación, mientras que la Factura Electrónica A es más sencilla en este aspecto.

Es importante conocer las diferencias entre los dos formatos de facturación electrónica en España para emitir facturas electrónicas que cumplan con las normativas fiscales y tributarias correspondientes.

Pasos para Emitir una Factura a una Administración Pública

Si eres un autónomo...

  1. Identifica requisitos específicos: Averigua los requisitos y procedimientos específicos para facturar a la Administración Pública a la que estás prestando servicios.
  2. Cumple con la normativa: Asegúrate de cumplir con todos los requisitos legales y administrativos, incluyendo la Ley de Contratos del sector público y cualquier otra regulación aplicable. 
  3. Registra la transacción: Registra los detalles de la transacción, incluyendo la fecha, los bienes o servicios prestados y el importe.
  4. Datos del organismo público: Recopila los datos del organismo público al que estás facturando, incluyendo su nombre o razón social, dirección y número de identificación fiscal.
  5. Cálculo del importe: Calcula el importe total de la factura, incluyendo impuestos si corresponde.
  6. Inclusión de información legal: Asegúrate de incluir tu información como autónomo, incluyendo tu nombre o razón social, dirección y número de identificación fiscal, así como cualquier información legal requerida.
  7. Envío de la factura: Envía la factura al organismo público de acuerdo con los términos y condiciones acordados previamente.

Si eres una PYME...

  1. Investiga los Procedimientos: Investiga los procedimientos y requisitos específicos para facturar a la Administración Pública, teniendo en cuenta las regulaciones aplicables y los contratos establecidos.
  2. Cumple con las Normativas: Asegúrate de cumplir con todas las normativas legales y administrativas, incluyendo la normativa de contratación pública y cualquier otra regulación relevante.
  3. Registra la transacción: Registra los detalles de la transacción de manera detallada, incluyendo la fecha, los bienes o servicios prestados y el importe.
  4. Datos del organismo público: Recopila los datos del organismo público al que estás facturando, incluyendo su nombre o razón social, dirección y número de identificación fiscal.
  5. Cálculo del importe: Calcula el importe total de la factura, teniendo en cuenta cualquier impuesto aplicable y los términos del contrato.
  6. Inclusión de información legal: Añade la información legal de tu empresa, como su nombre o razón social, dirección, número de identificación fiscal y cualquier otra información requerida por la normativa.
  7. Envío de la factura: Envía la factura al organismo público de acuerdo con los procedimientos establecidos, asegurándote de seguir cualquier requisito adicional especificado en el contrato.

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