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Nuevo marco legal en España para el documento de transporte por carretera: digitalización obligatoria
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Con la reciente aprobación de la Ley de Movilidad Sostenible por parte del Congreso de los Diputados (8 de octubre de 2025) —y su próxima publicación en el BOE—, el sector del transporte de mercancías por carretera afronta un cambio normativo de gran alcance: el documento de control administrativo deberá gestionarse exclusivamente en formato digital.
La nueva ley establece un plazo de adaptación de diez meses desde su entrada en vigor para cumplir con esta obligatoriedad. Por lo tanto, a partir de mediados de septiembre de 2026, el documento de control electrónico será obligatorio para todo transporte público de mercancías por carretera.
¿Qué ha cambiado?
Con la aprobación de la Ley de Movilidad Sostenible (8 de octubre de 2025), el principal cambio es que el documento de control administrativo que acompaña al transporte de mercancías deja de existir en formato papel y pasa a gestionarse exclusivamente de manera electrónica.
Este documento de control electrónico permite registrar y verificar en tiempo real los datos del transporte, garantizando su autenticidad, integridad, trazabilidad y disponibilidad para inspecciones. La finalidad es agilizar la gestión administrativa, mejorar la seguridad y aumentar la transparencia en el sector.
Por lo tanto, a partir de mediados de septiembre de 2026, todos los transportes públicos de mercancías por carretera deberán usar obligatoriamente este formato digital.
A partir de mediados de septiembre de 2026, el documento de control electrónico será obligatorio para todo transporte público de mercancías por carretera.
¿Qué es el documento de control y por qué es importante?
El documento de control es un registro administrativo obligatorio regulado actualmente por la Orden FOM/2861/2012, y sirve para acreditar la legalidad de cada operación de transporte: identifica al contratante, la empresa de transporte, la mercancía, el origen y destino, y otros datos esenciales del servicio.
Hasta ahora, este documento podía existir en formato papel o digital, pero con la nueva ley la versión digital pasa a ser la única vía válida.
Esta obligación busca garantizar una trazabilidad eficiente, una mejor gestión documental y facilitar las inspecciones, sustituyendo la gestión manual y física por procesos automáticos y electrónicos.
El documento de control electrónico del transporte de mercancías por carretera actual debe contener información clave para que las autoridades puedan verificar la legalidad, seguridad y trazabilidad del transporte. Según la normativa y prácticas habituales, estos son los datos que debe incluir:
- Transportista: nombre, NIF y licencia.
- Conductor: nombre y licencia profesional.
- Vehículo: matrícula y tipo.
- Carga: tipo, cantidad, peso, origen y destino.
- Transporte: fechas, rutas y puntos de entrega.
- Información legal: número de documento, firma/certificado digital, historial de modificaciones.
- Otros: alertas de mercancías peligrosas o permisos especiales.
¿Qué implica la firma electrónica?
Con el nuevo marco normativo, no basta con generar el documento en digital: la firma electrónica —preferiblemente de nivel avanzado— se convierte en un requisito para garantizar la validez jurídica del documento, la integridad del contenido y la identificación fiable de las partes implicadas.
Además, el uso de un proveedor cualificado de servicios de confianza (PCSC) incrementa las garantías: aporta evidencias verificables de la firma y asegura que los documentos sean aceptados por las autoridades en caso de inspección o controversia.
Este cambio no solo asegura un proceso fiable y transparente, sino que refuerza la seguridad documental y la trazabilidad en toda la cadena logística.
Contexto europeo y sincronización normativa
La nueva ley estatal se alinea con el impulso europeo hacia la digitalización del transporte. El Reglamento (UE) 2020/1056 eFTI, junto con el protocolo del eCMR, establece un marco general para el uso de documentos electrónicos en el transporte de mercancías por carretera en toda la UE.
¡Adáptate antes de la obligación!
Avánzate a la nueva normativa y empieza a utilizar el documento de control electrónico hoy mismo. Así podrás optimizar tus procesos de transporte, disfrutar de sus ventajas antes que nadie y operar con total tranquilidad cuando llegue la fecha límite.
¿Qué se espera y qué deben preparar las empresas?
- Adaptar los sistemas de gestión para permitir generar, firmar y conservar el documento de control en formato digital.
- Implementar herramientas para firma electrónica avanzada y uso de proveedores cualificados (PCSC).
- Garantizar la trazabilidad, seguridad documental y disponibilidad en línea para inspecciones.
- Formar al personal (oficina y conductor) para asegurar la transición y evitar errores procedimentales.
- Prever la integración con otros documentos electrónicos del transporte (por ejemplo, eCMR), especialmente si se quiere aprovechar la oportunidad de transformar digitalmente todo el flujo documental.
¿Qué ocurre con el resto de documentos vinculados al transporte bajo el nuevo marco normativo?
- El CMR / eCMR puede seguir emitiéndose tanto en papel como en formato electrónico, aunque la tendencia normativa europea impulsa progresivamente su digitalización.
- La carta de porte nacional no sufre cambios con la nueva ley y mantiene el mismo régimen que hasta ahora.
- Los albaranes o pruebas de entrega (POD) no están regulados directamente por la Ley de Movilidad Sostenible, pero se recomienda su digitalización para mejorar la trazabilidad y la gestión operativa.
- La hoja de ruta y los datos del tacógrafo quedan fuera del alcance de esta normativa, ya que se rigen por regulaciones específicas propias.
El documento de control del transporte
Es el documento administrativo que acredita la legalidad de cada servicio de transporte y contiene, como mínimo:
- Datos del cargador contractual
- Datos del transportista
- Información de la mercancía
- Origen y destino
- Fecha y condiciones del transporte
A partir de mediados de septiembre de 2026, este documento:
- Deberá emitirse, firmarse y conservarse exclusivamente en formato electrónico
- Deberá incluir firma electrónica avanzada
- Deberá estar accesible para inspección inmediata
En resumen, quédate con esto:
- El único documento que pasa a ser obligatoriamente electrónico es el documento de control.
- El resto de documentos pueden seguir emitiéndose en papel, aunque la Unión Europea está impulsando una digitalización progresiva a través de iniciativas como eFTI y eCMR.







